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Cesiaf edited this page May 27, 2024 · 5 revisions

El grupo está conformado por 6 socios en cual están divididas las mismas responsabilidades y tareas. El grupo se conforma como Sociedad de Responsabilidad Limitada (SRL), una estructura empresarial adecuada para proyectos de tecnología y startups, que ofrece flexibilidad operativa y protección de responsabilidad limitada para los socios y un menor capital inicial comparado con una Sociedad Anónima (SA).

Estructura Organizacional

Socios Fundadores: - Los seis integrantes del equipo actuarán como socios fundadores de la SRL. - Cada socio tendrá una participación equitativa en la empresa, asegurando igualdad en la toma de decisiones y en la distribución de beneficios.

CEO (Chief Executive Officer): - Nombre: Cesia Fiorella Cáceres Giménez - DNI: 96320512 - Cesia Fiorella Cáceres Giménez se desempeñará como CEO por voto mayoritario. - El CEO será responsable de la dirección estratégica y operativa de la empresa, actuando como representante legal y principal enlace con terceros.

Empleados: - En una fase inicial, todos los socios actuarán también como empleados, asumiendo roles específicos según sus habilidades. - A medida que el proyecto crezca, se considerará la contratación de empleados adicionales bajo contratos laborales adecuados.

  • Se recomienda que todos los integrantes del grupo firmen contratos detallados que incluyan las siguientes cláusulas:

  • Confidencialidad: Para proteger la información interna de la empresa.

  • No Competencia: Limitaciones a los empleados y socios para no participar en negocios competidores durante y después de su vinculación con la empresa.

  • Propiedad Intelectual: Asegurar que todos los desarrollos y códigos generados en la empresa son propiedad de la misma.

  • Causales de Terminación: Establecer las condiciones bajo las cuales se puede dar por terminado el contrato.

  • Ingreso y Salida de Socios:

  • Ingreso de nuevos socios: Cómo y bajo qué condiciones se pueden aceptar nuevos socios en la empresa.

  • derecho a separarse: El derecho de los socios a dejar la sociedad bajo ciertas condiciones y cómo hacerlo.

  • obligación de vender: Situaciones en las que los socios pueden ser forzados a vender sus acciones (por ejemplo, si hay un cambio en el control de la empresa o si no cumplen con sus obligaciones).

  • Modificación del contrato:

  • Proceso de modificación: Cómo se pueden cambiar los términos del contrato de socios y qué mayoría se necesita para hacerlo.

  • Notificación: La obligación de informar a todos los socios sobre las propuestas de cambio y las condiciones para aprobarlas.

  • Resolución de Conflictos:

  • Mediación y Arbitraje: Cómo resolver disputas mediante mediación o arbitraje, incluyendo quién se encargará del arbitraje y dónde se llevará a cabo.

  • Jurisdicción y Competencia: Decidir qué tribunales tienen la autoridad para resolver conflictos que no se puedan solucionar con mediación o arbitraje.

2. Describir quiénes y ante quien deben matricularse a nivel provincial para ejercer la Profesión.

Registro de Profesionales según Ley 7642/87

Tomando en cuenta la Ley 7642/87 que estipula que todos los profesionales que deseen ejercer en las áreas reguladas por esta ley deben matricularse, consideramos que es necesario el registro de todos los miembros del proyecto, el cual debe realizarse ante el Consejo Profesional de Ciencias Informáticas de Córdoba.

3. Si un integrante del grupo no realiza el trámite de matriculación, que pena le corresponde a nivel provincial.

Sanciones por No Realizar el Trámite de Matriculación

Según la Ley 7642/87, en caso de que un integrante del grupo no realice el trámite de matriculación, podría enfrentarse a las siguientes sanciones:

Ejercicio Ilegal de la Profesión: El ejercicio de una profesión sin la correspondiente matriculación se considera ilegal. La persona que se encuentre en esta situación estará sujeta a sanciones legales. - Multas: Se pueden imponer multas económicas a los profesionales que ejerzan sin estar matriculados. La cuantía de estas multas está determinada por la gravedad de la infracción y por la normativa específica del Consejo Profesional de Ciencias Informáticas (CPCI). - Suspensión de Actividades: En casos graves, se puede ordenar la suspensión inmediata de las actividades profesionales del infractor hasta que regularice su situación matricular. - Acciones Legales: El CPCI tiene la autoridad para iniciar acciones legales contra aquellos que ejerzan sin la debida matriculación, lo que puede derivar en sanciones penales y administrativas. - Inhabilitación Profesional: En situaciones extremas, se puede inhabilitar al profesional para ejercer durante un período determinado o de manera definitiva.

4. Si un integrante del grupo divulga los datos de la base de datos interna, describir como legalmente deberían accionar los demás.

Procedimiento en Caso de Divulgación de Datos Internos

Si un integrante del grupo divulga datos de la base de datos interna, los demás socios deberían proceder de la siguiente manera:

  • Demanda Civil por Daños y Perjuicios:

  • Presentar una demanda civil contra el responsable por los daños y perjuicios causados a la empresa.

  • Solicitar indemnización por el daño económico y reputacional.

  • Denuncia Penal:

  • Presentar una denuncia penal por violación de la Ley de Protección de Datos Personales (Ley 25.326).

  • La ley establece penas para aquellos que divulguen, vendan o cedan datos personales sin consentimiento.

  • Notificación al Consejo Profesional:

  • Informar al Consejo Profesional de Ciencias Informáticas de Córdoba (CPCIPC) para que tome las acciones disciplinarias correspondientes.

  • Medidas Preventivas Internas:

  • Revisar y reforzar las políticas de seguridad y confidencialidad.

  • Actualizar contratos y acuerdos de confidencialidad para prevenir futuras incidencias.

5. Si otro integrante del grupo reutiliza el código para fines personales, describir como legalmente deberían accionar los demás según la Legislación de la Provincia de Córdoba y el Código Penal Argentino.

Procedimiento en Caso de Reutilización del Código para Fines Personales

Si otro integrante del grupo reutiliza el código para fines personales, deben proceder según la Legislación de la Provincia de Córdoba y el Código Penal Argentino:

  • Denuncia Penal por Violación de Derechos de Propiedad Intelectual:

  • La Ley de Propiedad Intelectual (Ley 11.723) protege los derechos sobre el código desarrollado.

  • Presentar una denuncia penal por la utilización indebida del código sin autorización.

  • Demanda Civil por Incumplimiento de Contrato:

  • Iniciar una demanda civil por incumplimiento del contrato que establece la propiedad del código a la empresa.

  • Solicitar indemnización por daños y perjuicios derivados del uso indebido del código.

  • Medidas Cautelares:

  • Solicitar medidas cautelares en el ámbito judicial para impedir el uso y distribución del código por parte del infractor.

  • Asegurarse de que el código no se siga utilizando para fines personales o comerciales no autorizados.

Procedimiento en Caso de Adulteración Externa de la Base de Datos

Si la base de datos es adulterada externamente, nos podemos respaldar en los siguientes instrumentos legales:

  • Ley de Delitos Informáticos (Ley 26.388):

  • Esta ley tipifica y sanciona los delitos informáticos, incluyendo la adulteración de bases de datos.

  • Presentar una denuncia ante las autoridades competentes para que se investigue el delito.

  • Denuncia ante la Unidad Fiscal Especializada en Ciberdelincuencia (UFECI):

  • La UFECI es la unidad especializada en investigar y perseguir delitos informáticos.

  • Iniciar una denuncia para que la UFECI tome las acciones correspondientes.

Procedimiento ante Negligencia de los Programadores

Ante negligencia de los programadores, se debe acudir a:

  • Demanda Civil por Daños y Perjuicios:

  • Los socios pueden iniciar una demanda civil contra el programador negligente.

  • Solicitar compensación por los daños causados por la negligencia en el desempeño de sus funciones.

  • Denuncia ante el Consejo Profesional:

  • Presentar una denuncia ante el CPCIPC si el programador está matriculado, para que se tomen medidas disciplinarias.

8. Si el cliente decide reemplazar el sistema por otro proveedor, describir cómo se debe actuar de manera ética ante el cliente y los colegas.

Procedimiento si el Cliente Decide Reemplazar el Sistema por Otro Proveedor

Si el cliente decide reemplazar el sistema por otro proveedor, deben actuar de manera ética:

  • Facilitar la Transición:

  • Proveer toda la documentación necesaria para que el nuevo proveedor pueda implementar el sistema.

  • Ofrecer asistencia durante el período de transición para asegurar una migración fluida.

  • Cumplir con los Términos del Contrato:

  • Respetar todas las cláusulas contractuales relacionadas con la terminación del servicio.

  • Si el contrato incluye soporte post-terminación, cumplir con estas obligaciones.

  • Comunicación Clara y Honesta:

  • Mantener una comunicación abierta y transparente con el cliente sobre el proceso de transición.

  • Asegurarse de que todos los pasos se realicen de manera profesional y sin resentimientos.

  • Respetar la Confidencialidad y Propiedad Intelectual:

  • Asegurarse de no divulgar información confidencial del cliente ni reutilizar el código desarrollado para ese cliente sin autorización.

Actuar de manera ética y profesional no solo protegerá la reputación de su empresa, sino que también fortalecerá las relaciones a largo plazo con sus clientes y colegas.

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