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licencias

Miguel Gea edited this page May 18, 2026 · 1 revision

Derecho de Autor (copyright)

  • El Derecho de Autor es un conjunto de normas jurídicas que regulan el control al propietario a reproducir o permitir que  alguien más reproduzca los trabajos registrados como obra. Este derecho de copia (copyright) tiene una vigencia de aprox. 50-70 años asociada a su autor.
  • Aplicado a obras y creaciones (libros, arte, fotografía, etc.) Distingue entre derecho moral y de reproducción
  • Características similares a los derechos de patentes (invenciones de productos que potencialmente se pueden explotar industrialmente).
  • Prevalencia del inventor frente al uso de terceros de su invención.
  • Considerados tradicionalmente como incentivos para la creación y promover el progreso
  • Los modelos digitales facilitan la reproducción y distribución exacta de las obras artísticas (fotografía, video, audio, libros…)

Gestión de derechos de autor

Uso de sistemas de gestión de derechos DRM (Digital Right Management) para control de copias (ebooks, iTunes…) No existe un método unificado de gestión y cada empresa utiliza su propio modelo. Marcas de agua digitales para detectar usos no lícitos o incrustar información relativa al dueño de la información Restricción de derechos a determinados dispositivos (por ejemplo: impedir la reproducción de un video/canal en dispositivos móviles)

Cultura libre

“La cultura libre, ese fenómeno tan difícil de definir que nace inspirado por el movimiento del software libre, que cambió ya desde la década de 1980 las reglas de juego de cómo se produce, distribuye y piensa el software. El modelo de negocio inherente a las industrias culturales permitía que las grandes corporaciones y grupos empresariales monopolizasen la producción cultural mediante la sustracción de ideas y saberes que eran comunes. Paradójicamente, la propiedad intelectual, que debía ser tanto un mecanismo de protección de los creadores y creadoras como una forma de garantizar cierta renta derivada de su trabajo, se transformó en un dispositivo de desposesión de sus ideas. La respuesta social a este modelo parasitario se articuló en torno a la cultura libre, que, fiel a cierta ética hacker, proponía mecanismos técnicos para solventar los problemas sociales”

CCBY Jaron Rowan (2016) Cultura libre de Estado. Traficantes de Sueños. https://www.traficantes.net/libros/cultura-libre-de-estado

Conocimiento Abierto

“La mejor manera de proteger algo es hacerlo público” (Tiscar Lara) Modelos no restrictivos en cuanto a derechos de reproducción:

Licencias Creative Commons

Creative Commons es una organización sin fines de lucro dedicada a promover el acceso y el intercambio de cultura. Fundada en 2001 por Lawrence Lessig

Las licencias CC facilitan que las fuentes de contenidos que pueden ser copiados, distribuidos, editados, remezclados, y usados como base para crear, todo dentro de los límites de las leyes de derecho de autoría. En un método sencillo que permiten al autor declarar qué derechos se reservan y a cuales renuncia (a favor de terceros)

Fuente: https://es.wikipedia.org/wiki/Creative_Commons#Red_global_de_Creative_Commons

http://www.youtube.com/watch?v=6NvsPRqxweA

http://es.creativecommons.org/blog/licencias/

Datos abiertos: dataset

Selección de 120,000 random photos (20,000-30,000 photos per city)  https://selfiecity.net/#dataset

Liberar contenido

Creación en CC

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