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modificaExpediente
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La modificación de expedientes está limitada a la inclusión de interesados, su cambio de estado (abierto o cerrado) o la denominación del expediente (nombre natural del expediente).
Las credenciales (aplicacion, apikey e idTransacción) y los parámetros codigoProcedimiento y departamentoTramitador son validados como se indica aquí
El parámetro referenciaExpediente sirve para indicar el expediente que se desea modificar.
El interesado es opcional. Si no se se rellena el nodo interesados, estos se quedarían como están en el expediente. Si se rellena algún interesado o estos se pasan vacíos entonces reemplazan a los que hubiese en el expediente (esto incluye el borrado de todos los interesados del expediente que hubiera hasta ese momento. El borrado se hace declarando el nodo interesados pero sin elementos dentro.
La secuencia interesado esta formada por
- parametro docID.nacional : sirve para identificar a una persona fisica o juridica por su NIF. Este campo es muy relevante pues permite acceder al expediente desde la sede electrónica siempre y cuando se identifiquen correctamente con su certificado electonico.
- parametro docID.otro: En este momento no tiene uso servirá para identificar a otras administraciones interesadas por su código DIR3
- el resto de los parámetros, apellido1, apellido2, nombre, razonSocial son los habituales. No son obligatorios puesto que se gestionan desde la aplicación sectorial. En DELFOS se han hecho obligatorios puesto que no existe aplicación sectorial y es un dato relevante.
El parámetro estado sirve para modificar el estado del expediente. Puede estar abierto o cerrado Los estados son:
- E01 (Abierto),
- E02 (Cerrado),
- E03 (Índice para remisión cerrado). Este estado no tiene utilidad en este momento pero será empleado cuando exista el servicio de puesta a disposición para indicar que el expediente cerrado se ha comunicado.
El parámetro nombreNatural sirve para modificar el nombre natural de expediente.
Se indica que la operación se ha realizado con éxito.
En caso de error devuelve alguno de los errores indicados aquí
La fecha de cierre del expediente no es un metadato obligatorio ENI. En SANDRA la fecha asociada al estado EE02 (cerrado), permite determinar cuando los expedientes de una determinada serie (o procedimiento) deben pasar al archivo (p.e. a los 3 años del cierre). En ese estado de SANDRA se permite añadir documentos al expediente, sin que sea necesario modificar su estado a E01 (Abierto), lo que modificaría estos plazos de archivado.
En cada procedimiento pueden determinar en que tramite marcan el expediente como cerrado con independencia de que posteriormente se produzcan otras incorporaciones documentales. En los expedientes de resolución pueden tener un criterio distinto de los expedientes de constancia o informativos (p.e. en los expedientes personales la fecha de fin coincidirá con la de resolución de cese definitivo de la relación laboral del empleado público con el órgano correspondiente, no con la de la notificación)
Desde SANDRA, anualmente, se revisaran los expedientes E02 (cerrado) candidatos a ser archivados, es decir, aquellos cuya plazo se haya cumplido. Estos expedientes se marcaran en estado E03 (Índice para remisión cerrado) lo que impedirá, entonces si, que se puedan modificar. La relación de estos expedientes se remitirá al responsable del procedimiento que deberá aprobar su traspaso de SANDRA al ARCHIVO.
Es posible marcar directamente el expediente con el estado E03 (Índice para remisión cerrado). En este caso, la revisión anual no tendrá en cuenta la fecha y los incorporará en la relación a aprobar para su traspaso al archivo.
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